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Tasa Municipal de Residuos Comerciales

Tasa Municipal de Residuos Comerciales

Plan de Revitalización y Modernización del Comercio Local de Sant Andreu de la Barca.

Base reguladora de la TASA MUNICIPAL DE RESIDUOS COMERCIALES

Es el resultado de una Cuota básica multiplicada por un coeficiente corrector dependiendo de la actividad.

Ejemplo:

Una actividad de tienda textil de 40 m2, está encuadrada en el grupo B y debería pagar: 163,12 € x 1,40 € = 228,37 €

Todo detallado a continuación:

La Ordenanza Fiscal núm. 6, reguladora de las TASAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS MUNICIPALES, indica lo siguiente:

Artículo 11.- Cuota tributaria

1. Cuota básica. Por norma general, la cuota básica anual de la tasa por la prestación de servicios de recogida de residuos comerciales consistirá en una cantidad fija por unidad de local, establecimiento o despacho, que se determinará en función de su superficie, de de acuerdo con las siguientes tarifas:

Superficie del local

Importe anual

Hasta 60 metros cuadrados

163,12 €

De 61 a 200 metros cuadrados

221,68 €

De 201 a 400 metros cuadrados

372,12 €

Más de 400 metros cuadrados

435,44 €

2. Coeficiente corrector.– Sobre la cuota básica anterior, se aplicará un coeficiente corrector en función del tipo de actividad, y fracción y volumen de los residuos comerciales generados en base a los costes de su recogida y transporte.

A).- Clasificación de establecimientos y locales comerciales y de servicios.

GRUPODESCRIPCIÓN GRUPOACTIVIDAD Y EPÍGRAFE
GRUPO AGeneradores de desechoSe incluirán en este grupo todas aquellas actividades que no se contemplen en el resto de los grupos.
GRUPO BGeneradores de desecho y cartón

Comercio mayorista de productos textiles…613

Comercio minorista textiles, piel  y calzado…651

Farmacias y venta perfumería y cosmética …652

Comercio minorista  artículos hogar y construcción…653

Comercio minorista vehículos y combustibles…654.1-654.2-654.5 –655

Comercio minorista vinos y bebidas…645

Comercio minorista de golosinas

Estancos, loterías………646.1-982.1

Comercio minorista bienes usados…… 656

Otro comercio minorista…659

Servicios telefónicos y otros… 761

Instalaciones y montajes…504

Acabados de obra…501.3-  505

Salones belleza y estética…972

Editoriales y artes gráficas…474-476

GRUPO CGeneradores de desecho y papel

Servicios financieros…811-812-819-831

Entidades de seguros…821-822-823-832

Servicios de promoción inmobiliaria…833

Servicios de gestión propiedad inmobiliaria…834

Agencias de viajes…755

Servicios de publicidad y raíz. Públicas…844-845-846

Servicios fotográficos y fotocopiadoras…973.1-493

Consultorios médicos…942.1-942.9-943-944

Clínicas veterinarias…945

Servicios jurídicos, técnicos, contables…841-842-843

Servicios administrativos…849-847

Bibliotecas y Museos…966

Centros de enseñanza sin comedor…931.3-932-933

Centros y organismos oficiales

Radio, televisión y telecomunicaciones…964-761

GRUPO DGeneradores de desechos, envases y/o vidrio

Actividades de juego, recreativas…969.2-969.3-969.4-969.5-969.6-981

Instalaciones deportivas, gimnasios…968.1-967.1-942.2

Cines ….963.1

Bares, cafeterías, heladerías, horchaterias …672-673-674-675-676

Otros hospedajes …684-685-686-687

GRUPO EGeneradores de orgánica, desechos y cartón

Comercio minorista de productos alimentarios…641-642-643-644-647

Comercio minorista de flores, plantas…659.7

Comercio mayorista materiales de construcción…617

Industrias manufactureras en general…224–244–314-419-463-468

Talleres mecánicos en general…691-319

Supermercados y similares…661.1-661.2-661.3-662.1-662.2

GRUPO FGeneradores de orgánica, desecho, papel, cartón, envases y vidrio

Hoteles…681-682-683

Restaurantes y caterings…671-677

Hospitales y centros sanitarios…941.1-941.2

Asistencia y servicios sociales…951

Colegios mayores y residencias estudiantes…935.1-935.2

Centros de enseñanza con comedor…931.1-931.2-931.4-931.5

GRUPO GGeneradores de desecho y que acrediten la contratación de la recogida por parte de un gestor privado, de los residuos propios de la actividad que se desarrolla en el local.

3. Las asociaciones de vecinos, organizaciones no gubernamentales y fundaciones declaradas de interés público, partidos políticos, organizaciones sindicales, entidades religiosas y organismos públicos de investigación que no realicen ninguno de las actividades relacionadas a los grupos B a F anteriores, disfrutarán de una bonificación del 50% a la cuota que los corresponda según la superficie del local.

4. En el supuesto de locales comerciales inactivos, o locales destinados a usos privados (aparcamiento o almacén), la cuota a satisfacer por este concepto se determinará en función del valor catastral de la finca en cuestión, del mismo modo que la recogida domiciliaria de residuos, mediante el cuadro de tarifas especificado en el artículo 5.2 anterior.